domingo, 12 de marzo de 2017

CASO #02

Primeramente Nicolas podrá tener en cuenta que de acuerdo al Cap. 2 del reglamento en el art.7 parágrafo #08, el puede ser atendido ante sus peticiones por parte de los directivos, instructores y personal administrativo, ante las dificultades que el presente. 

Basándose en el parágrafo#11 de este mismo articulo el podrá enviar dicha solicitud, en la cual dice que el podrá ser evaluado y tendrá derecho a conocer los resultados de sus evaluaciones; presentando su inconveniente ya que esta sucediendo lo contrario y Nicolas no ha recibido sus respectivos resultados de evaluación.




No hay comentarios:

Publicar un comentario